martes, 28 de febrero de 2012

Biodiversidad: Los Pueblos Originarios Traducen el Protocolo de Nagoya.

David Torres (Comunicador ENOTPO)

El Protocolo de Nagoya conocido como el tratado de “Acceso a los Recursos Genéticos y Participación Justa y Equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización en el Convenio de Diversidad Biológica”. Un acuerdo suplementario al Convenio sobre Diversidad Biológica, aprobado en la última conferencia de las Partes realizada en Nagoya, Japón en 2010.

La traducción del protocolo por los Pueblos Originarios Wichi, Mapuche, Qom y Avaguaraní. Sienta un gran precedente no tan solo en la formalidad de las instituciones del Estado, si no también se constituye en una herramienta de conocimiento que llegara de primera mano a los territorios a través de los dirigentes de las Organizaciones que Integran el Encuentro Nacional de Organizaciones de Pueblos Originarios (ENOTPO).

La suscripción del Estado Argentino al Protocolo de Nagoya, brinda la posibilidad de reconocer el conocimiento ancestral que practican los pueblos originarios, como un elemento que compone su cosmovisión. En efecto la propiedad de los mismos siempre fue cuestionada o negada desde los ámbitos académicos. Situación aprovechada por las industrias que explotaban comercialmente tales recursos.
El Protocolo hace mención explícita para la conservación de la biodiversidad. Los animales y plantas serán objeto de medidas de conservación y utilización sostenible, especialmente en los países en desarrollo, para lo cual se fomentará la investigación no comercial.
La alimentación y la agricultura son también puntos importantes que deben ser tenidos en cuenta en el uso de los recursos genéticos, por lo que no se podrán ver dañadas. De la misma forma se tendrán que tener en cuenta las emergencias que provoquen amenazas hacia plantas, animales y la salud humana.
Situación actual
Toda la población humana, los más de 7 mil millones que habitamos el planeta ahora y los que nos sigan, dependerá de la biodiversidad, de su conservación, del acceso y de la distribución de los beneficios de sus recursos genéticos. Y de cómo administrarlos en un mundo de genes, especies y ecosistemas que persigue una mayor producción alimentaria, pero también a menudo puras ganancias económicas amenazando la biodiversidad.

Perspectivas
En adelante la situación tiende a cambiar de acuerdo con las concesiones de derechos que brinda el tratado de Nagoya hacia los depositarios de los conocimientos en cuestión.
Estos cambios posibilitan a los Pueblos Originarios poder entrar en un dialogo político más equilibrado con el Estado, o más bien con las agencias e instituciones del estado que producen conocimiento científico. De igual manera se con agencias privadas y particulares que aborden investigaciones que tengan como objeto de estudio; recursos naturales y genéticos especialmente aquellos que estén relacionados a la industrias como la farmacéutica, la biotecnológica o la cosmética.
En este sentido el ENOTPO y las organizaciones que la componen, trabajan en una propuesta para la conservación de la Biodiversidad integrándose plenamente a la CONADIBIO.
Como instrumento de respaldo los Pueblos Originarios se ampararan en el Consentimiento Libre Previo e Informado (CLPI) y sus reglamentaciones que prevé el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), del cual el Estado Argentino también es firmante.

Que obligaciones promueve el Protocolo de Nagoya
“Los Estados firmantes deben desarrollar una legislación clara y transparente que dé seguridad jurídica respecto a los recursos genéticos, para que estos se compartan de manera justa y
equitativa con los pueblos y comunidades indígenas que los tuvieran”. (Fragmento P.N.2010).

El papel de los Pueblos Originarios
Como depositarios de tales derechos y reconocimientos deben trabajar en la internalización del instrumento legal que aporta el Protocolo de Nagoya, hacia dentro del mundo indígena, como un medio para garantizar la vida en equilibrio y armonía con la naturaleza, y el resto de las sociedades de conocimiento.
En fin se trata de que el Protocolo sea un medio efectivo para la conservación de la biodiversidad, la lucha contra la biopiratería y la protección de comunidades indígenas y los conocimientos y recursos que estas tienen.

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